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sábado, 12 de marzo de 2011

Vamos a embriagarnos como regidores...

"Con la aplicación del principio de oportunidad que dispuso el pago de 700 nuevos soles por indemnización en favor del Estado, concluyó el proceso contra el regidor de la Municipalidad Provincial de Tacna (MPT) Richard Coaguila Cusicanqui, quien era investigado por el delito de peligro común por conducir su auto en estado de ebriedad y estrellarse con otra unidad", es la noticia del dia de hoy en el diario el "Correo", realmente muchos deben acordarse de ese regidor que manejo borracho por las calles de Tacna el 14 de febrero, que chocó su vehiculo y que pretendio se le diera atencion preferente en los centros medicos por el hecho de ser "regidor".

Realmente no soy de creer todo lo que dice en los periodicos, pero las imagenes eran innegables, este regidor estaba manejando ebrio por Tacna, causo un choque y ahora sale libre. El principio de oportunidad que se le aplico en sede fiscal, esta taxativamente regulado por el articulo 2 de nuestro Codigo Procesal Penal, el mismo señala los requisitos y su tramitación, he aqui un problema en mi opinión, yo no creo que a este regidor, debio de habersele aplicado el principio de oportunidad, puesto que en el inciso b del articulo 2 del texto legal acotado, expresa "cuando se trata de delitos que no afecten gravemente el interes publico", la definicion de interes publico es claro que no es uniforme, creo que es algo subjetiva y en este orden de ideas, para MI si se afecto el interes publico, puesto que una disque "autoridad" que maneja borracho, causa lesiones, daña la imagen de la ciudad no deberia de aplicarsele dicho principio, aunque claramente el fiscal, piensa distinto, no se si para bien o para mal, pero lo hace.

Este supuesto regidor señalo hace unos dias que se habia maximizado el asunto, que con unas disculpas publicas bastaba, creera este regidor que somos ignorantes y de memoria fragil ( aunque parece que esto ultimo es cierto), que olvidaremos este asunto y sera él otro delincuente más que cabe resaltar se emborracha con nuestro dinero, porque nosotros le pagamos, porque tu y yo le "paramos la olla".

Para no ser mas repetitivo, creo que no debio aplicarse este principio, que con esto solo se muestra que si un regidor puede manejar borracho y chocar, tambien lo puede hacer cualquier taxista, chofer de combi o cualquier sujeto. Este regidor se salvo de la sancion administrativa y ahora tambien de la penal, solo pagara 700 soles que cabe resaltar no lo pagara él si no nosotros del sueldo que le pagamos... todo esto por el criterio de ese fiscal que por no tener una tinta roja o un proceso más, prefiere liberar delincuentes que seguir el proceso como se debe.

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